El Gobierno de Daniel Noboa dispuso una reducción temporal del IVA del 15% al 8% durante el feriado de Semana Santa 2026, pero la medida no será general: solo beneficiará al sector turístico entre el 3 y el 5 de abril.

La rebaja fue oficializada mediante el Decreto Ejecutivo 348 y tiene como objetivo incentivar el turismo interno y dinamizar la economía en uno de los feriados más importantes del país.
Sin embargo, el beneficio no aplica para todos los productos de consumo diario, sino exclusivamente para actividades consideradas turísticas según la Ley de Turismo.
Servicios que SÍ aplican al IVA del 8%:
- Alojamiento (hoteles, hostales)
- Alimentos y bebidas (restaurantes, bares, cafeterías)
- Transporte turístico (aéreo, terrestre, marítimo y fluvial)
- Alquiler de vehículos con fines turísticos
- Agencias de viaje y paquetes turísticos
- Organización de eventos, congresos y convenciones
- Guianza turística
- Parques temáticos, balnearios y centros turísticos
- Casinos, salas de juego e hipódromos
Lo que NO aplica (mantiene IVA normal):
- Compras en supermercados
- Ropa y electrodomésticos
- Medicinas
- Productos de uso cotidiano
- Servicios que no estén vinculados al turismo
Las empresas del sector deberán emitir facturas con la tarifa reducida durante los tres días del feriado.